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![]() BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES. LICENCIATURA EN DERECHO TESIS LA TIPIFICACION DEL MALTRATO INFANTIL COMO DELITO GRAVE EN EL CODIGO DE DEFENSA SOCIAL DEL ESTADO DE PUEBLA. QUE PARA OBTENER EL TITULO DE ABOGADO, NOTARIO Y ACTUARIO PRESENTA: IRIS ANA MARIA AMADOR IRIGOYEN. ASESOR DE TESIS: INDICE INTRODUCCION 3 CAPITULO I.-GENERALIDADES 5 1.2.- Definiciones y Acepciones de “Menor” 8 1.3.- Antecedentes históricos sobre el maltrato al menor. 9 CAPITULO II.-TIPOS DE MALTRATO INFANTIL. 19 2.1.-Maltrato físico 20 2.2.-Abandono 24 2.3.-Abuso sexual 26 2.4.-Maltrato psico-emocional 29 2.5.-Síndrome de Münchhausen 32 2.6.-Maltrato institucional 40 CAPITULO III.-IMPORTANCIA DE LA TIPIFICACION DEL MALTRATO INFANTIL, COMO DELITO GRAVE. 43 3.1- Denominación del tipo 43 3.2.-Bien jurídico protegido 43 3.3.-Ubicación en el Código del tipo propuesto. 43 3.3.1. Tipo 46 3.4. Edad del menor a proteger 46 3.5. Descripción del tipo 46 3.6. Elementos del tipo 49 3.6.1. Sujetos 49 3.6.2. Objetos del delito 49 CAPÍTULO IV. DETECCIÓN DEL MALTRATO INFANTIL. 50 4.1.- Detección del Maltrato Infantil 50 4.1.1 Indicadores de conducta. 50 4.1.2. Indicadores físicos 50 4.2.- Consecuencias del maltrato infantil. 52 4.3. Cómo ayudar a las víctimas del maltrato infantil 56 CONCLUSIONES 58 PROPUESTA. 61 BIBLIOGRAFIA 62 INTRODUCCION La razón por la cual estudiamos el tema del Maltrato Infantil, es que desde años anteriores ha existido y nos pareció de mucha importancia, ya que la sociedad antiguamente no le daba la debida atención, sin embargo, en nuestros tiempos ha despertado gran interés y/o preocupación en la sociedad ayudar a los niños que han sufrido algún tipo de maltrato. Con el paso del tiempo esta situación se incrementa, por esa razón este tema a objeto de dilucidar las causas que originan estos maltratos y buscar las formas de cómo ayudar a estos niños que han sufrido algún tipo de maltrato. El maltrato infantil es uno de los hechos que más afecta el desarrollo físico y mental de un niño. ![]() Si se analiza esta situación se puede observar que el maltrato físico y psicológico es muy común en la sociedad; y que ambos están íntimamente ligados, ya que cuando se maltrata a un niño físicamente se altera su estabilidad psicológica. Consecuencia de ello puede ser: el miedo, las culpas y los sentimientos de inseguridad. Muchas veces este daño sobre los menores es realizado por sus padres, o por familiares cercanos y otras veces por terceras personas. Entonces, ¿Será justo que estos menores estén bajo la patria potestad de padres que no son capaces de brindarles un ambiente de tranquilidad y armonía donde puedan desarrollarse? Por esta razón y muchas otras se hace necesario estudiar a fondo la relación que existe entre el maltrato infantil, y los padres y/o familiares que ejercen la patria potestad. Mediante el estudio de un caso específico, en donde se evidencie el maltrato infantil efectuado por los padres y/o familiares, se explicará qué procedimiento legal pueda aplicarse a las personas que incurran en él, y las sanciones que castigan este hecho. Es importante mencionar que los niños son el futuro del país; son ellos los que estarán encargados de desarrollarlo y para ello requieren de una adecuada salud física y psicológica, a fin de evitar que se transformen en individuos inseguros, sin educación y en el peor de los casos: trastornados. CAPITULO I.-GENERALIDADES
La violencia existe, esto es una verdad innegable, el ser humano tiene dentro de sí el impulso que lo lleva a desear el poder y el control de su medio ambiente social y natural. Cuando ambas tendencias se conjugan el hombre y la mujer actúan imponiendo la ley del más fuerte. Esto nos ha llevado al exterminio de animales, plantas, medio ambiente y civilizaciones humanas completas. Conforme evoluciona la civilización, la conceptualización de la disciplina y la educación se mueven con ella, los ejemplos son extremos, en la antigua Roma, cuna de las leyes y de la civilización occidental se consideraba a los niños propiedad absoluta de los padres pudiendo estos disponer incluso de sus vidas; contrastemos esto con la actual legislación Sueca donde el golpear a un niño conlleva consecuencias jurídicas. Desde luego en ambos ejemplos y en todas las sociedades la manera de aplicar la disciplina varia de familia en familia, e incluso entre padre y madre. Desde hace varios años, diversos autores han tratado de definir desde diferentes puntos de vista y diferentes perspectivas al maltrato infantil con el fin de buscar una solución al problema y la definición más aceptada hasta ahora ha sido la siguiente: “en la que se menciona que el maltrato es cualquier daño físico o psicológico no accidental a un menor, ocasionado por sus padres o cuidadores, que ocurre como resultado de acciones físicas, sexuales o emocionales o de negligencia, omisión o comisión, que amenazan al desarrollo normal tanto físico como psicológico del niño"1 La característica fundamental del maltrato físico es el uso de la violencia, propositiva, repetitiva y cuya finalidad es causar dolor, generalmente producida como consecuencia de una conducta negativa, real o imaginaria, que ha cometido un niño, y que tiene como finalidad ultima la modificación de la conducta que el adulto considera nociva y perjudicial, ya sea para el niño, el adulto o la sociedad. De acuerdo con el Sistema de Protección y Desarrollo Integral de la Familia (DIF), el maltrato infantil es: "un maltrato en el sentido amplio de la palabra donde se involucra no sólo la agresión física, sexual o psicológica, sino también la falta de atención a sus necesidades vitales como son la alimentación, respuesta a sus dolores cuando enferman y al cuidado de su aseo y otras más".2 “El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) sostiene que: "UNICEF entiende a los menores víctimas del maltrato y el abandono como aquel segmento de la población conformado por niños, niñas y jóvenes hasta los 18 años que sufren ocasional o habitualmente actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en las instituciones sociales. El maltrato puede ser ejecutado por omisión, supresión o trasgresión de los derechos individuales y colectivos, e incluye el abandono completo o parcial."3 Establecer y unificar los criterios para definir el maltrato infantil es parte fundamental de las estrategias para la detección, diagnóstico, tratamiento y prevención de este problema. De la revisión de los factores que conforman esta agresión surge el de agresor, visto generalmente como una persona (ya sea de dentro o fuera del medio familiar de la víctima); no obstante, muchas veces se omite de las definiciones otro tipo de agresor, que puede ser una institución, la sociedad e incluso el estado. Esta clase de agresor es responsable del maltrato infantil en casos como los niños de la guerra, los niños víctimas del maltrato étnico, y los niños de la frontera y de la calle, entre otros. Incluyendo este tipo de agresor en la definición de maltrato infantil el número de niños víctimas aumenta considerablemente, lo que aún no se ve reflejado en los estudios sobre maltrato infantil. Conocer más a fondo estas cifras sería de gran utilidad para comprender la verdadera magnitud de este problema, pero ese sería tema de otro tipo de tesis, lo importante es saber, que esta es la realidad, el problema si existe, sin importar sexo o edad del niño, o condición social. Por último, también debe ser estudiado el sitio en el que el menor puede ser agredido, pues ignorarlo fomenta la creencia de que el maltrato infantil es un agregado más de la violencia intrafamiliar, omitiendo por ejemplo el maltrato que puede sufrir el niño en otros ámbitos como orfanatos, guarderías y en la calle (en el caso de los niños de la calle), por nombrar algunos. Basados en esto, como ya se había planteado en el protocolo, se considera que el maltrato infantil es "toda agresión u omisión intencional dentro o fuera del hogar contra un menor (es), antes o después de nacer y que afecte su integridad bio-psicosocial, realizada habitual u ocasionalmente por una persona, institución o sociedad, en función de su superioridad física y/o intelectual". ![]() La Convención sobre los Derechos del Niño, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, señala que "se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad".4 Las edades consideradas fluctúan según el contexto, aunque el término niño suele emplearse para designar a los menores de 14 años, llamándose jóvenes o adolescentes a los que han superado dichas edades. Niñez:
Entendiendo pues que, un menor de edad es, legalmente, un individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta. La minoría de edad comprende toda la infancia y, a menudo, la adolescencia o parte de ella. En muchos países occidentales, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años. Un menor de edad sería por tanto aquella persona que, por razón de su edad biológica, no tiene todavía plena capacidad de obrar. La ley específica de cada lugar será la encargada de establecer la edad a partir de la cual una persona deja de ser menor de edad. La minoría de edad y, por extensión, la ausencia de plena capacidad de obrar, suponen una serie de límites a los derechos y responsabilidades de la persona. Se establecen límites sobre actuaciones que se considera que el menor no tiene capacidad suficiente para hacer por su cuenta, y se exime de responsabilidad de actos que se entiende que no se le pueden imputar por su falta de capacidad. En algunos ordenamientos jurídicos "mayor de edad" y "adulto" no son, en sentido propio, términos sinónimos | ![]() |