Normas internacionales de información financiera (niif)






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PARCIAL II


TRABAJOS INDIVIDUALES

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

U N I A N D E S”



FACULTAD DE SISTEMAS MERCANTILES

CARRERA CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

QUINTO NIVEL

TEMA: “NORMATIVAS DE ESTADOS FINANCIEROS”

ESTUDIANTE: LISBETH OBANDO

ING: DANNY SANDOVAL

Tulcán, 07 de Noviembre del 2012

INTRODUCCIÓN.

El propósito de este material es proporcionar una guía de acción para el aprendizaje, enseñanza y aplicación práctica sobre la revisión de estados financieros de una empresa u organización del sector público y privado.

El presente trabajo se centra en los conceptos acordados que subyacen a la información financiera según lo establecido por la NIIF, los Principios y limitaciones de los Estados Financieros que sirven de orientación para la preparación y presentación de los mismos.
Las entidades utilizan estos conceptos para establecer los requerimientos relativos a la información financiera, a su vez proporciona información a los inversores, prestamistas y otros acreedores a la hora de tomar decisiones sobre los recursos de la entidad.

El objetivo de los estados financieros es proporcionar información sobre la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de la entidad que sea útil para la toma de decisiones financieras.

OBJETIVO GENERAL

  • Investigar y analizar las NIIF, Principios y Limitaciones de los Estados Financieros para preparar una información financiera de calidad.



OBJETIVOS ESPECIFICOS


  • Recopilar toda la información referente a NIIF, Principios y Limitaciones de los Estados Financieros

  • Ejemplificar cada uno de las normas, principios y limitaciones que regulan el manejo de los estados financieros.

  • Presentar la información del tema investigado.


NORMATIVAS DE ESTADOS FINANCIEROS

NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

NIIF N°1. ADOPCIÓN POR PRIMERA VEZ DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA.

OJETIVO

“El objetivo de esta NIIF es asegurar que los primeros estados financieros con arreglo a las NIIF de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una parte del ejercicio cubierto por tales estados financieros, contienen información de alta calidad que:

  1. Sea transparente para los usuarios y comparables para todos los ejercicios que se presenten;

  2. Suministre un punto de partida adecuada para la contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); y

  3. Pude ser obtenida a un coste que no exceda a los beneficios proporcionados a los usuarios.

ALCANCE

Una entidad aplicará esta NIIF en :

  1. Sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF; y

  2. En cada informe financiero intermedio que, en su caso, presente de acuerdo con la NIC 34.

Información financiera intermedia, relativo a una parte de ejercicio cubierto por sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF.

  • Los primeros estados financieros con arreglo a las NIIF son los primeros estados financieros anuales en los cuales la entidad adopta las NIIF, mediante una declaración, explicita y sin reservas, contenida en tales estados financieros, del cumplimiento con las NIIF. Los estados financieros con arreglo a las NIIF son los primeros estados financieros en la entidad según NIIF si, por ejemplo, la misma:



  1. Ha presentado sus estados financieros más recientes:

  1. Según requerimientos nacionales que no son coherentes en todos los aspectos con las NIIF;

  2. De conformidad con las NIIF en todos los aspectos, salvo que tales estados financieros no contengan una declaración explicita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF;

  3. Con una declaración explicita de cumplimiento con algunas NIIF, pero no con todas;

  4. Según exigencias nacionales que no son coherentes con las NIIF pero aplicando algunas NIIF individuales para contabilizar partidas para las que no existen normativa nacional, o

  5. Según requerimientos nacionales, aportando una conciliación de algunas de las cifras con las mismas magnitudes determinadas según las NIIF,

  1. Ha preparado estados financieros con arreglo a las NIIF únicamente para uso interno, sin ponerlos a disposición de los propietarios de la entidad o de otros usuarios externos;

  2. Ha preparado un paquete de información de acuerdo con las NIIF, para su empleo en la consolidación que no constituye un conjunto completo de estados financieros, según se define en la NIC 1 Presentación de estados Financieros, o

  3. No presentó estados financieros en ejercicios anteriores.



  • Esta NIIF se aplicará cuando la entidad adopta por primera vez las NIIF. No será de aplicación cuando, por ejemplo, la entidad:

  1. Abandona la presentación de los estados financieros según los requerimientos nacionales, si los ha presentado anteriormente junto con orto conjunto de estados financieros que contenían una declaración explicita y sin reservas de cumplimiento con las NIIF

  2. Presente en el año precedente estados financieros según requerimientos nacionales, y tales estados financieros contenían una declaración, explícita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF; o

  3. Presentó en el año precedente estados financieros que contenían una declaración, explícita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF, incluso si los auditores expresaron su opinión con salvedades en el informe de auditoría sobre tales estados financieros.

  • Esta NIIF no afectará a los cambios en las políticas contables hechos por una entidad que ya hubiera adoptado las NIIF. Tales cambios son objeto de:

  1. requerimientos específicos relativos a cambios en políticas contables, contenidos en la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores; y

  2. Disposiciones transitorias específicas contenidas en otras NIIF.

RECONOCIMIENTO Y VALORACIÓN

  • Balance de apertura con arreglo de las NIIF

Una entidad elaborará y presentará un estado de situación financiera de apertura con arreglo a las NIIF en la fecha de transición a las NIIF. Éste es el punto de partida para la contabilización según las NIIF.

  • Políticas Contables

  • Exenciones en la aplicación de otras NIIF

  • Combinaciones de negocios

  • Valor razonable o revalorización como coste atribuido

  • Retribuciones a los empleados

  • Diferencias de conversión acu muladas

  • Instrumentos financieros compuestos

  • Activos y pasivos de dependientes, asociadas y negocios conjuntos

  • Designación de instrumentos financieros reconocidos previamente

  • Contrato de seguro

FECHA DE VIGENCIA

La entidad aplicara esta NIIF si los estados financieros con arreglo a las NIIF corresponden a un ejercicio que comience a partir del 1 de enero de 2004.

NIIF N°2. PAGOS BASADOS EN ACCIONES.
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