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Capítulo 7Donación de órganos, tejidos y sangreHay enfermedades como la diabetes, la hipertensión arterial y la hepatitis, entre otras, que ocasionan daño severo a órganos vitales como el riñón, el corazón o el hígado, y cuyo único tratamiento es el transplante. Otras, como el trauma o la anemia, requieren de transfusiones sanguíneas; y las grandes quemaduras requieren de injertos de piel. En Latinoamérica existen aproximadamente 13.000 personas con daño crónico de alguno de sus órganos, que hace que la función del mismo se pierda, y para las cuales el mejor tratamiento disponible es el trasplante de un órgano donado. De ellas, 3.000 están en Colombia. La tasa de donación en el mundo varía de forma importante en los diferentes continentes. Así, por ejemplo, en Norteamérica hay 20,7 donantes por millón de habitantes, en América Latina y el Caribe 4,5, en África 2,6, en Oceanía 10,4, en Europa 17,2 y en Asia 1,1 donantes por millón. En Colombia la tasa es de 6 donantes por millón de habitantes, y la edad promedio de los pacientes que necesitan de trasplantes es de 29 años, es decir que la población joven y productiva del país es la que está afectada con más frecuencia. ¿Quién puede ser un donante voluntario? Cualquier persona que en uso de sus facultades mentales y con mayoría de edad decide en vida la donación voluntaria de sus órganos y tejidos cuando haya fallecido. ¿Cómo se clasifican los donantes? Hay dos tipos de donantes:
¿Qué puedo donar? Se pueden donar ![]()
Por cada donante de órganos y tejidos se pueden beneficiar hasta 55 pacientes. ¿Cuándo puedo donar órganos o tejidos?
¿Qué es la muerte encefálica o cerebral? El cerebro es el órgano encargado de regular el funcionamiento de todo nuestro cuerpo. Hay situaciones que afectan el cerebro de una forma fatal, causando la detención total de sus funciones sin recuperación alguna y no hay posibilidad de manejo médico o quirúrgico. ![]() En este momento se declara la muerte encefálica o cerebral. Una persona que se encuentra en esta condición se declara ética, médica y legalmente como un cadáver, y en éste se pueden administrar medicamentos y utilizar tecnología que permita que sus órganos y tejidos se mantengan viables para utilizarlos con fines de trasplante. ¿Qué dice la ley colombiana? La ley colombiana tiene claramente reglamentada (decreto 2493 de 2004 y resolución 2640 de 2005) la donación de órganos y tejidos con fines de trasplante. Así mismo, prohíbe cualquier tipo de remuneración por los órganos o tejidos. ¿Existe el tráfico de órganos en Colombia?
y un personal de salud entrenado específicamente en esa área.
¿Queda desfigurado el donante? NO, la obtención de órganos y tejidos es un procedimiento quirúrgico realizado con las técnicas adecuadas; algunos tejidos retirados son reemplazados por prótesis, con lo cual se garantiza que se conserva la apariencia corporal normal del donante. ¿Cómo puedo hacerme donante? Lo más importante es la voluntad de querer serlo, pero también que la familia conozca su deseo de ser donante, ya que son ellos, finalmente, los encargados de hacer cumplir su voluntad al momento de fallecer. Una vez decida ser donante puede solicitar un carné que lo acredita como tal. La información suministrada para la carnetización es confidencial y no es necesario hacer ningún tipo de exámenes previos. Para mayor información comunicarse con la coordinación regional 1 de la Red de Donación y Trasplante al teléfono (1) 364 90 90, extensión 96 65. ¿Por qué donar sangre es gratificante y saludable?
¿Donar sangre es sencillo y seguro?
Requisitos para donar sangre
![]() ![]() ¿Cada cuanto se puede donar? • Hombres, cada tres meses.
¿Cuánta sangre se dona?
¡La gente que dona sangre se siente muy bien! Para mayor información, comuníquese con el Hemocentro Distrital al teléfono (1) 364 90 90, extensiones 97 53, 97 55 ó 96 12. GlosarioTenga en cuenta estas definiciones importantes ¿Qué es una urgencia? Es la alteración de la integridad física o mental de una persona, causada por un trauma o por una enfermedad de cualquier origen que genere una demanda de atención médica inmediata y efectiva tendiente a disminuir los riesgos de invalidez y muerte. Desastre. Evento inesperado que afecta la vida de un grupo de personas, sus bienes y el medio ambiente, causado por la naturaleza (terremotos, huracanes, maremotos) o por el hombre (atentados terroristas, entre otros), que supera la capacidad de respuesta y requiere la participación de las diferentes instituciones (Secretaría de Salud, Cruz Roja, Defensa Civil, etcétera) preparadas para su atención, ya sea de índole departamental, nacional o internacional Emergencia. Evento inesperado que afecta la vida de un grupo de personas o sus bienes, sin superar la capacidad de respuesta. Pueden ser volcamientos de autos, caídas de estructuras, etcétera, que necesitan respuesta y atención inmediata de las diferentes instituciones (Secretaría de Salud, Cruz Roja, Defensa Civil, etcétera) preparadas para dicha atención. Rehabilitación. Después de la atención intra hospitalaria que le ofrezca la IPS al paciente y dependiendo de su evolución, sigue una fase que contempla medidas e intervenciones que propenden a su recuperación total. IPS (institución prestadora de salud). Cualquier entidad pública o privada debidamente inscrita en la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, que de acuerdo con la normativa vigente preste servicios a las personas que se encuentren enfermas. Puede ofrecer servicios como urgencia, cirugía, hospitalización o maternidad, entre otros. ¿Qué es la atención inicial de urgencias? Son todas las acciones realizadas a una persona con patología de urgencia, que buscan estabilizar los signos vitales, realizar un diagnóstico de impresión y definir el destino inmediato del paciente, tomando como base el nivel de atención y el grado de complejidad de la entidad que presta la atención, bajo las normas éticas que rigen el actuar médico. Curso de Primer Respondiente. Programa de entrenamiento dirigido a la comunidad que busca informarla, educarla, entrenarla y organizarla para que sea capaz de responder ante una situación de urgencias. Para mayor información, comuníquese con el Centro Regulador de Urgencias, al teléfono (1) 364 90 90, extensión 97 48. |