1.1 El certificado de discapacidadEs la valoración de las situaciones de discapacidad que presenta una persona, calificando el grado según el alcance de las mismas. Para que se considere legalmente que una persona tiene una discapacidad, ésta debe ser, de acuerdo con unos baremos establecidos, de al menos un 33%.
El reconocimiento de las situaciones de discapacidad se realiza por un equipo multiprofesional de los Centros Base de Orientación, Calificación y Valoración de la Comunidad de Madrid. Este equipo emitirá un informe en el que constará un porcentaje que refleja el tipo y grado de discapacidad.
Para considerar el grado de discapacidad de una persona se tiene en cuenta no sólo factores de limitación física o psicológica, sino factores sociales complementarios (siempre que se alcance un mínimo en los factores físicos y psicológicos): Situación familiar, económica, laboral, cultural, etc.
2) RequisitosToda persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidas como consecuencia de padecer una enfermedad o deficiencia de sus capacidades físicas, psicológicas o sensoriales puede solicitar un reconocimiento de discapacidad.
3) Documentación a presentar- Fotocopia compulsada del DNI del interesado o en su defecto, fotocopia del libro de familia.
-En su caso, fotocopia del DNI del representante legal y del documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho.
- En caso de no tener nacionalidad española, fotocopia de la tarjeta de residente.
- Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que se posean junto con un informe reciente del psiquiatra. Si se solicita revisar el grado discapacidad por agravamiento presentar informes que acrediten dicho agravamiento.
- Rellenar el impreso de solicitud de reconocimiento de la condición de persona con discapacidad.
4) Donde acudir y proceso a seguirPara solicitar el
certificado de discapacidad se puede entregar la documentación mencionada en el apartado anterior, en el Centro Base correspondiente. En la Comunidad de Madrid existen 9 Centros Base, la designación del que le corresponde al usuario es por el código postal de su domicilio.
Una vez revisada la documentación se cita a la persona para valoración, ya sea por correo o llamada telefónica, especificando un día y una hora. En esta cita, la persona mantendrá una entrevista con un Psicólogo/Trabajador Social/Médico, en función de la situación que se alegue valorar.
Después de acudir a la revisión envían el informe o certificado de discapacidad, con el grado asignado a su domicilio.
Una vez
reconocido un grado de discapacidad, si es igual o superior al 33%, existe la posibilidad de solicitar la
Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad, consistente en
un documento plastificado que equivale al propio documento del Certificado de discapacidad.
Esta tarjeta se solicita en los
Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad,
Oficinas de atención al ciudadano y/o Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (C/Pedro Muñoz Seca, 2). Posteriormente, se remite al domicilio de la persona que lo solicita.
Los Centros Base pertenecen a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y son equipamientos sociales especializados en atención básica a la discapacidad. Además, de valorar el grado de discapacidad en los Centros Base se da información, orientación y asesoramiento sobre aspectos sociales, formativos y laborales en relación a la discapacidad.
5) Ventajas y obligacionesExisten diferentes tipos de ayudas para personas con discapacidad que tengan el certificado de discapacidad. Algunas de ellas son las siguientes: