Lunes 12 de mayo de 2014 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección)
SEGUNDA SECCION
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
MANUAL de Organización General del Servicio de Administración Tributaria.
Al margen un logotipo, que dice: Servicio de Administración Tributaria.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
2013
ARISTÓTELES NÚÑEZ SÁNCHEZ, Jefe del Servicio de Administración Tributaria, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción IV de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 3, fracción XXII y 5, fracción V del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, previa aprobación de la Junta de Gobierno de dicho órgano desconcentrado, he tenido a bien expedir el siguiente
MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Contenido
Introducción
I. Antecedentes Históricos
II. Marco Jurídico-Administrativo
III. Atribuciones
IV. Organograma
V. Estructura Orgánica
VI. Funciones Genéricas de las Administraciones Generales
VII. Funciones Genéricas de las Administraciones Centrales, Regionales, Locales, de las Aduanas
VIII. Objetivos y Funciones
Introducción
El Servicio de Administración Tributaria, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción IV de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, y 3, fracción XXII, 5, fracción V y 9, fracción XIX de su Reglamento Interior, ha integrado el presente Manual de Organización General, con el fin de dar a conocer la estructura y funciones mediante las que se habrán de realizar las acciones que le competen, para lograr la adecuada aplicación de la política fiscal y aduanera que incida favorablemente en el financiamiento del gasto público.
La consulta del presente Manual permite que los funcionarios y empleados de este órgano desconcentrado conozcan con precisión el contexto general y particular de sus funciones, así como que otras instituciones y la ciudadanía en general identifiquen las unidades administrativas a las que pueden dirigirse para la atención de sus asuntos.
El contenido de este documento considera la evolución del Servicio de Administración Tributaria; las bases legales que lo sustentan y los ordenamientos que norman su operación; las atribuciones que le confiere su propia Ley; su estructura orgánica, así como los objetivos y funciones de cada una de las unidades administrativas que lo conforman de acuerdo con su Reglamento Interior.
Asimismo, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 y el Plan Estratégico del Servicio de Administración Tributaria, uno de los principales retos de este órgano desconcentrado es ejecutar de forma eficiente el ciclo tributario y de comercio exterior, para lo cual es necesario que se ofrezcan servicios eficientes con el objeto de promover el cumplimiento voluntario de los deberes fiscales de la ciudadanía, así como mejorar la efectividad de la fiscalización para reducir la evasión, el contrabando y la corrupción. Al mismo tiempo, el Servicio de Administración Tributaria busca fortalecer la rendición de cuentas para mejorar la transparencia de su gestión ante la sociedad y trabajar constantemente en el combate a la corrupción.
Es así que las funciones contenidas en el presente Manual, se circunscriben al marco de conducta del propio órgano desconcentrado y al de ética de la Administración Pública Federal, para garantizar que la actuación de sus funcionarios sea acorde con los valores institucionales de compromiso, honestidad y respeto.
I. Antecedentes Históricos
El 15 de diciembre de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Servicio de Administración Tributaria, ordenamiento mediante el cual se creó el órgano desconcentrado denominado Servicio de Administración Tributaria.
Con el propósito de sentar las bases orgánico-funcionales para dar lugar a la integración del Servicio de Administración Tributaria, en marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica básica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, realizándose en el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, el cambio de denominaciones de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos, así como la creación de las direcciones generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.
El 1o. de julio de 1997, inició sus funciones el Servicio de Administración Tributaria y su Reglamento Interior se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de ese mismo año, este órgano desconcentrado sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos, de la cual se eliminaron la Dirección General de Política de Ingresos; la Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación y la Coordinación General de Administración, y se crearon la Presidencia del propio órgano, el Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, la Dirección General de Planeación Tributaria, la Dirección General de Tecnología de la Información, la Unidad de Comunicación Social y la Coordinación General de Recursos, así como las Coordinaciones Regionales y Locales de Recursos. Cabe mencionar que también se integró a este órgano el Instituto Nacional de Capacitación Fiscal.
Con los cambios anteriores, la estructura orgánica básica del Servicio de Administración Tributaria quedó conformada de la siguiente manera:
Presidencia del Servicio de Administración Tributaria; Unidad de Comunicación Social; Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera; Dirección General de Interventoría; Dirección General de Planeación Tributaria; Dirección General de Asuntos Fiscales Internacionales; Dirección General de Coordinación con Entidades Federativas; Dirección General de Tecnología de la Información; Administración General de Recaudación; Administración General de Auditoría Fiscal Federal; Administración General Jurídica de Ingresos; Administración General de Aduanas; Coordinación General de Recursos, así como las Administraciones Regionales y Locales de las administraciones generales de Recaudación, Auditoría Fiscal Federal, Jurídica de Ingresos y Aduanas, y las Coordinaciones Regionales y Locales de Recursos dependientes de la Coordinación General de Recursos.
La dinámica operativa y funcional del Servicio de Administración Tributaria motivó la necesidad de reasignar las facultades en materia de política de ingresos que tenía conferidas en su Reglamento Interior, con el fin de mantener congruencia con la política hacendaria, económica y social del país. Con tal medida, este órgano desconcentrado sufrió una reducción en su estructura orgánica básica, por lo que se realizaron los siguientes cambios:
Desapareció la Dirección General de Interventoría, efectuándose la redistribución de sus recursos a la Contraloría Interna en el Servicio de Administración Tributaria, y se transfirieron a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los recursos y funciones de las Direcciones Generales de Coordinación con Entidades Federativas; Asuntos Fiscales Internacionales, y Planeación Tributaria, para integrarlas a la estructura orgánica que conformaría la nueva Subsecretaría de Ingresos.
La formalización de los cambios señalados en el párrafo que antecede se estableció en los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 1998, que reformaron el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
De esta manera, la estructura orgánica básica del Servicio de Administración Tributaria quedó conformada de la siguiente forma:
Presidencia del Servicio de Administración Tributaria, Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, Contraloría Interna, Unidad de Comunicación Social, Dirección General de Tecnología de la Información, Administración General de Recaudación, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General Jurídica de Ingresos, Administración General de Aduanas y Coordinación General de Recursos.
Con el objeto de observar y asegurar la aplicación correcta y oportuna de la legislación fiscal y aduanera, así como promover la eficiencia en la administración tributaria y el cumplimiento voluntario por parte del contribuyente de las obligaciones derivadas de esa legislación, el 3 de diciembre de 1999 se publicó un nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria donde la estructura orgánica tuvo los siguientes cambios:
Desapareció la Unidad de Comunicación Social y las administraciones regionales de Recaudación, de Auditoría Fiscal, Jurídica de Ingresos y de Aduanas, así como las Coordinaciones Regionales de Recursos, y se crearon las administraciones generales de Grandes Contribuyentes y de Coordinación y Evaluación Tributaria, las Administraciones Estatales y Metropolitanas y las Administraciones Locales de Grandes Contribuyentes.
Por tal motivo, en el mencionado Reglamento Interior se reflejó la estructura orgánica siguiente:
Presidencia del Servicio de Administración Tributaria, Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, Contraloría Interna, Administración General de Tecnología de la Información, Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Recaudación, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General Jurídica de Ingresos, Administración General de Aduanas, Administración General de Recursos, Administración General de Coordinación y Evaluación Tributaria, así como las Administraciones Estatales, Metropolitanas, y las Administraciones Locales y las Aduanas.
A fin de fortalecer y consolidar una moderna administración tributaria que respondiera a la creciente demanda de mejores y más eficientes servicios que requerían los contribuyentes, el 22 de marzo de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento Interior de este órgano desconcentrado, en el cual se presentaron los siguientes cambios dentro de su estructura orgánica:
La Administración General Jurídica de Ingresos cambió su denominación por Administración General Jurídica, la Administración General de Recursos cambió a Administración General de Innovación y Calidad y la Administración General de Coordinación y Evaluación Tributaria cambió a Administración General de Evaluación, y se crearon la Administración General de Asistencia al Contribuyente, la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior Propiedad del Fisco Federal, la Administración Central de Investigación de Operaciones, las Administraciones Regionales de Evaluación y las Subadministraciones de Innovación y Calidad para las Administraciones Locales y las Aduanas.
De acuerdo con las modificaciones indicadas en el párrafo anterior, el Reglamento Interior estableció la siguiente estructura orgánica para este órgano desconcentrado:
Presidencia del Servicio de Administración Tributaria, Contraloría Interna, Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, Administración General de Tecnología de la Información, Administración General de Asistencia al Contribuyente, Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Recaudación, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General Jurídica, Administración General de Aduanas, Administración General de Innovación y Calidad, Administración General de Evaluación, Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior Propiedad del Fisco Federal, Administración Central de Investigación de Operaciones, Administraciones Locales y Aduanas y Administraciones Regionales de Evaluación.
Con el fin de orientar la ejecución de facultades y atribuciones conferidas a las unidades administrativas de las dependencias de la Administración Pública Federal, el 30 de abril de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto mediante el cual se reformó el artículo 2o. del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, donde se eliminó a la Administración Central de Investigación de Operaciones, la cual se transfirió a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El 12 de junio de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones contenidas en la Ley del Servicio de Administración Tributaria, cuyos cambios fueron los siguientes:
La Presidencia del Servicio de Administración Tributaria cambió su denominación por Jefatura del Servicio de Administración Tributaria; se previó en materia de recaudación que el pago de contribuciones se efectuara mediante la entrega de obras plásticas que realizaran los autores, el Servicio de Administración Tributaria debía recibir las obras de conformidad con el procedimiento de selección que de ellas realizara un comité integrado por personas expertas en artes plásticas, designado por la Junta de Gobierno del Servicio de Administración Tributaria, previa opinión del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, y en el marco del proceso de modernización, se estableció que el Servicio de Administración Tributaria llevaría a cabo una revisión de su plan estratégico y, con base en dicha revisión, elaboraría un programa de acciones necesarias de corto plazo, así como los programas operativos de cada una de las unidades administrativas, incluyendo los indicadores de cumplimiento respectivo. Asimismo, se estableció un sistema de evaluación del desempeño de dichas unidades hasta el nivel de Administración Local, incluso de las Aduanas.
El 17 de junio de 2003 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas al Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en el cual se transfirieron los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior Propiedad del Fisco Federal al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia extranjera que hayan pasado a propiedad del Fisco Federal.
Por lo anterior, se modificó la estructura orgánica de este órgano desconcentrado para quedar de la siguiente manera:
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria, Contraloría Interna, Secretariado Técnico de la Comisión del Servicio Fiscal de Carrera, Administración General de Tecnología de la Información, Administración General de Asistencia al Contribuyente, Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Recaudación, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General Jurídica, Administración General de Aduanas, Administración General de Innovación y Calidad, Administración General de Evaluación, Administraciones Locales, Aduanas y Administraciones Regionales de Evaluación.
El 6 de junio de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento Interior de este órgano desconcentrado, en el que se realizaron modificaciones en su estructura orgánica, la cual quedó conformada de la siguiente manera:
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria, Órgano Interno de Control, Administración General de Aduanas, Administración General de Asistencia al Contribuyente, Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General de Recaudación, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General Jurídica, Administración General de Innovación y Calidad, Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Administración General de Evaluación, Unidad de Plan Estratégico y Mejora Continua, Unidad de Programas Especiales, Administraciones Regionales y Locales, y Aduanas.
El 12 de mayo de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, destacándose las modificaciones a la Administración General de Innovación y Calidad donde se sustituyen las denominaciones de la Administración Central de Recursos Humanos por Administración Central de Capital Humano y de la Administración Central de Recursos Materiales y Servicios por la de Administración Central de Recursos Materiales. Por otra parte, desaparecen las Subadministraciones Locales de Innovación y Calidad y se crean: la Administración Central de Operaciones Administrativas, las Administraciones de Servicios y las Subadministraciones de los Centros de Servicios Administrativos. Asimismo, se crea la Aduana de Guanajuato dentro de la estructura de la Administración General de Aduanas, con lo que se llegó a un total de 49 Aduanas en todo el país.
El 22 de octubre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo Reglamento Interior de este órgano desconcentrado, con el que el Servicio de Administración Tributaria dio un paso fundamental en su proceso de transformación y formalizó la reestructuración de las diferentes unidades administrativas que lo conformaban en ese momento a efecto de que las mismas trabajaran bajo un enfoque sistémico y con una visión integral de sus procesos, en beneficio de la administración tributaria de nuestro país.
El Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria presentó los siguientes cambios en su estructura orgánica:
La Administración General de Asistencia al Contribuyente cambió su denominación por la de Administración General de Servicios al Contribuyente, la Administración General de Innovación y Calidad cambió su denominación por la de Administración General de Recursos y Servicios y se creó la Administración General de Planeación. Asimismo, desaparecieron la Unidad de Plan Estratégico y Mejora Continua, la Unidad de Programas Especiales y las Administraciones Regionales de Grandes Contribuyentes.
De acuerdo con estas modificaciones la estructura orgánica del Servicio de Administración Tributaria quedó conformada de la siguiente forma:
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria, Órgano Interno de Control, Administración General de Aduanas, Administración General de Servicios al Contribuyente, Administración General de Auditoría Fiscal Federal, Administración General de Grandes Contribuyentes, Administración General Jurídica, Administración General de Recaudación, Administración General de Recursos y Servicios, Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, Administración General de Evaluación, Administración General de Planeación, Administraciones Regionales y Locales, y Aduanas.
El 29 de abril de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, a través del cual se agregaron áreas necesarias que contribuyen a la operación de los procesos del Servicio de Administración Tributaria, se modificaron los nombres de algunas unidades administrativas y se eliminaron otras, como se detalla a continuación:
Se adicionan la Administración Central de Competencias y Modernización Aduanera; la Administración Central de Fideicomisos; la Administración Central de Control y Seguridad Institucional; las Coordinaciones de Evaluación “1”, “2”, “3”, “4”, “5”, “6”, “7”, “8” y “9”; las Administraciones de Regulación Aduanera “6”, “7” y “8”; las Administraciones de Competencias y Modernización Aduanera “1”, “2”, “3” y “4”; las Administraciones de Fideicomisos “1”, “2”, “3” y “4”; la Administración de Evaluación de Comercio Exterior y Aduanal “4”; la Administración de Evaluación de Impuestos Internos “4”; las Administraciones de Control y Seguridad Institucional “1”, “2”, “3” y “4”; la Administración Local de Los Cabos, con sede en Los Cabos, Baja California Sur, y las Administraciones Regionales de Evaluación Del Noroeste, con sede en Hermosillo, Sonora, Del Pacífico Norte, con sede en Tijuana, Baja California y Del Centro, con sede en Santiago de Querétaro, Querétaro.
Se modificó el nombre de la Administración Central de Planeación y Programación por el de Administración Central de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes y de la Administración de Planeación y Programación por el de Administración de Planeación y Programación de Fiscalización a Grandes Contribuyentes.
Se eliminaron las Administraciones de Operación Aduanera “8”, “9”, y “10” y las Administraciones Regionales de Evaluación Del Noroeste, con sede en Tijuana, Baja California y Del Centro, con sede en Celaya, Guanajuato.
El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado atento a las demandas de su entorno, así como a brindar un servicio de calidad a los contribuyentes. La dinámica en su evolución y conformación es una prueba de la claridad que se tiene en la misión, visión y cultura organizacional que lo distingue en el sector hacendario y en el ámbito de la Administración Pública Federal.
La transformación de la Administración Tributaria en los últimos años es resultado de los esfuerzos que se han y se siguen implementando, para incrementar la eficiencia y eficacia recaudatoria, la agilización y simplificación de las operaciones de comercio exterior y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, por lo que en ese sentido, el 13 de julio de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, en el que se establecen las modificaciones siguientes:
Se crea la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior la cual recibe al personal, expedientes, mobiliario y equipo de la Administración Central de Contabilidad y Glosa que desempañaba funciones de glosa y de la Administración Central de Investigación Aduanera, las cuales estaban adscritas a la Administración General de Aduanas; de la Administración Central de Comercio Exterior adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal y de la Administración Central de Fiscalización de Comercio Exterior adscrita a la Administración General de Grandes Contribuyentes. Así, la nueva Administración General cuenta con una estructura de 5 Administraciones Centrales y 6 Administraciones Regionales para lo cual se realizaron movimientos compensados a fin de no incrementar el presupuesto asignado a recursos humanos, optimizando en consecuencia el uso de los recursos materiales.
Como resultado de las modificaciones relacionadas con el ejercicio de las facultades del Servicio de Administración Tributaria en materia de comercio exterior, la Administración General de Aduanas se estructura con 6 Administraciones Centrales, de las cuales 5 cambiaron su denominación; se reasignan sus funciones; se resalta la adición de los Oficiales de Comercio Exterior como personal a cargo del Administrador de la Aduana, y se faculta tanto a la Administración Central de Operación Aduanera como a las propias aduanas para imponerles sanciones.
Por lo que se refiere a la estructura y funciones relativas a planeación estratégica, mejora continua, análisis y modelos de riesgos que desempeñaba la Administración General de Planeación, se reubicaron de la siguiente manera: la Administración Central de Inteligencia Tributaria de Impuestos Internos, se integra a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal bajo el nombre de Administración Central de Coordinación Estratégica de Auditoría Fiscal Federal; la Administración Central de Desarrollo de Modelos se integra a la Administración General de Grandes Contribuyentes con el nombre de Administración Central de Coordinación Estratégica de Grandes Contribuyentes; la Administración Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior suma las atribuciones de planeación estratégica, mejora continua, análisis y modelos de riesgos, complementariamente la estructura y funciones de la Administración Central de Inteligencia Tributaria de Comercio Exterior se fusionan con la Administración Central de Investigación Aduanera de la Administración General de Aduanas y, adicionalmente, se replican las funciones en la nueva Administración General de Auditoría de Comercio Exterior.
Asimismo, la estructura y funciones de la Administración Central de Comunicación Institucional que anteriormente estaba adscrita a la Administración General de Planeación se reubican en la Administración General de Servicios al Contribuyente.
Como resultado de esta reestructuración, se mantienen en la Administración General de Planeación las Administraciones Centrales de Planeación y Evaluación de la Gestión, y del Centro de Competencias que modifica su denominación por el de Administración Central de Arquitectura Institucional, adicionando la Administración Central de Estudios Tributarios y Aduaneros.
Dentro de las modificaciones que se hicieron a la estructura y funciones de la Administración General de Recursos y Servicios, se ubican la fusión de la Administración Central de Capacitación Fiscal con la Administración Central de Capital Humano, por lo que esta última ajusta su denominación a Administración Central del Ciclo de Capital Humano, adecuando, en consecuencia, el nombre de las unidades administrativas que dependen de ésta; se agrega a la estructura de la Administración General la Administración Central de Planeación y Proyectos, misma que antes se encontraba ubicada a nivel de Administración de Área, y finalmente, se reconoce en la estructura de la Administración Central de Operación de Recursos y Servicios otra administración de área.
II. Marco Jurídico-Administrativo
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