Tema La Constitución española de 1978. Principios inspiradores. Estructura y principios generales. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles






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Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios inspiradores. Estructura. y principios generales. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles.




Se entiende por Constitución el conjunto de derechos, deberes y el reconocimiento e implantación de instituciones de un Estado que quedan plasmados en dicho texto y que va a ser considerado como la norma básica por excelencia de todo el conjunto normativo de un Estado de Derecho; esto quiere decir que el ordenamiento jurídico (conjunto de normas de todo tipo de materias) tienen que adecuarse a lo establecido en el texto constitucional de tal manera que ninguna ley ni reglamento alguno puede ir en contra de lo establecido en aquél, si esto sucediera la propia Constitución tiene sus mecanismos para dilucidar el conflicto, por medio del Recurso de Inconstitucionalidad.
Constitución es la Ley suprema, básica o fundamental contenida en un texto escrito, en el que se articulan en preceptos jurídicos, las respuestas a los problemas de estructura y definición política de un país.
La Constitución: Norma Suprema de nuestro ordenamiento jurídico, cualitativamente distinta de las demás y directamente invocable ante los Tribunales (El Tribunal Constitucional vigila su cumplimiento). Inspiradora y definidora de los principios que regirán el desarrollo de las normas y la actuación de los poderes públicos.
España es uno de los cinco primeros países que llegan a poseer una Constitución escrita, pero a pesar de ello nuestra historia constitucional no ha sido lineal ni estable, ya que partiendo de la Constitución de Cádiz de 1812, España ha conocido ya nueve Constituciones (considerando tales el Estatuto Real de 1834 y Leyes Fundamentales) alguna Constitución no promulgada, varios proyectos y numerosas reformas.

Antecedentes y fechas de elaboración de la C.E.



20-11(Noviembre)-1975

Muere el Jefe del Estado, Francisco Franco Bahamonde.
22-11(Noviembre)-1975

Se instaura la Monarquía con Juan Carlos I de Borbón de acuerdo con las previsiones sucesorias de la Ley Orgánica del Estado de 10-1(Enero)-1967, derogada posteriormente por la actual Constitución en su disposición derogatoria. Se abrió así una etapa de transición política de forma que el régimen autoritario fue sustituido por un sistema democrático en un proceso político - constitucional que supuso una “ruptura reformista” con el régimen anterior.
1-11(Julio)-1976

Dimisión de Arias Navarro (el Rey le instó a, por ser antidemocrático), y nombramiento de Adolfo Suárez, como Presidente del Gobierno.
04-1(Enero)-1977

Aprobación de la Ley para la Reforma Política (Ley 1/1977) que partiendo de las propias Leyes Fundamentales del régimen anterior, permitió el paso pacífico de la legalidad autoritaria a la democrática. Esta ley hizo posible la elección por sufragio universal de una nuevas Cortes (democráticas) bicamerales, cuya primera función sería elaborar y aprobar una Constitución.
15-6(Junio)-1977

Primeras Elecciones Generales de la Democracia. Los españoles fueron llamados a elegir Diputados y Senadores de Cortes Generales, resultando ganador U.C.D. (Unión Centro Democrático) y siendo elegido Presidente del Gobierno Adolfo Suárez, comenzando así el proceso de elaboración de la C.E.; el proceso constituyente. Para dicho proceso se nombró una ponencia encargada de redactar un proyecto de Constitución. En el verano de 1978 es aprobado dicho proyecto por el Congreso de los Diputados (Cámara Baja) y en otoño por el Senado (Cámara Alta). Los textos aprobados por ambas Cámaras diferían, por lo que de acuerdo con lo previsto en la Ley para la reforma Política (1/1977 de 4 de enero), se crea una Comisión Mixta Congreso - Senado con la misión de presentar un texto único a las Cámaras. A partir de aquí se pone en marcha el definitivo proceso que desembocará en la aprobación (Cortes), ratificación (mediante referéndum), sanción (Rey), promulgación (Rey) y publicación (B.O.E.) de la Constitución.

Sancionar: 1. tr. Dar fuerza de ley a una disposición. 2. Autorizar o aprobar cualquier acto, uso o costumbre. 3. Aplicar una sanción o castigo.

Promulgar: Del lat. promulgare. 1. tr. Publicar una cosa solemnemente. 2. fig. Hacer que una cosa se divulgue y propague mucho en el público. 3. Der. Publicar formalmente una ley u otra disposición de la autoridad, a fin de que sea cumplida y hecha cumplir como obligatoria.

31-10(Octubre)-1978

Las Cortes Generales APRUEBAN la C.E.

6-12(Diciembre)-1978 El Pueblo Español en Referéndum Nacional, la RATIFICA

27-12(Diciembre)-1978 El Rey, jefe del Estado, en sesión conjunta del Congreso de los Diputados y Senado (Cámaras baja y alta respectivamente) SANCIONA y PROMULGA la Constitución.

29-12(Diciembre)-1978 PUBLICACIÓN en el BOE (Boletín Oficial del Estado) y su entrada en vigor según prescribe su Disposición final.
27-8(Agosto)-1992 Única reforma de la C.E. en su art. 13.2, por la que se reconoce el derecho de sufragio pasivo, en elecciones municipales (exclusivamente) a los extranjeros de la Unión Europea (y demás países atendiendo a criterios de reciprocidad) residentes en España, como consecuencia del tratado de Maastrich (entró en vigor el 28 de agosto de 1992).

Artículo 13

1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.

2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.

3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de una ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo.

4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derecho de asilo en España.

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