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Martes 10 de junio de 2008 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) SECRETARIA DE ECONOMIA DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-CH-6143-IMNC-2008, NMX-CH-8258-IMNC-2008, NMX-CH-7966-IMNC-2008 y NMX-GR-4301-4-IMNC-2008. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-CH-6143-IMNC-2008 MATERIALES DE REFERENCIA-ANALISIS DE GASES-METODOS DE COMPARACION PARA DETERMINAR Y VERIFICAR LA COMPOSICION DE MEZCLAS DE GASES DE CALIBRACION-ANALISIS DE GASES; NMX-CH-8258-IMNC-2008 GRAFICAS DE CONTROL DE SHEWHART; NMX-CH-7966-IMNC-2008 GRAFICAS DE CONTROL DE ACEPTACION Y NMX-GR-4301-4-IMNC-2008 GRUAS Y EQUIPO RELACIONADO-CLASIFICACION-PARTE 4: GRUAS PLUMA. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado “Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A. C. (IMNC)”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Manuel Ma. Contreras 133 sexto piso, colonia Cuauhtémoc, 06500 México, D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 27 de mayo de 2008.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica. DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-FF-109-SCFI-2008. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-FF-109-SCFI-2008 HUMUS DE LOMBRIZ (LOMBRICOMPOSTA)-ESPECIFICACIONES Y METODOS DE PRUEBA. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 51-B, 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46, 47 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de la norma mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada y aprobada por el “Comité Técnico de Normalización Nacional de productos Agrícolas y Pecuarios”. El texto completo de la norma que se indica puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México o en el Catálogo Mexicano de Normas que se encuentra en la página de Internet de la Dirección General de Normas cuya dirección es http://www.economia-nmx.gob.mx. La presente Norma entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 26 de mayo de 2008.- El Director General de Normas, Francisco Ramos Gómez.- Rúbrica. DECLARATORIA de vigencia de las normas mexicanas NMX-I-074-NYCE-2008 y NMX-I-154-NYCE-2008. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Normatividad, Inversión Extranjera y Prácticas Comerciales Internacionales.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-I-074-NYCE-2008 METODOS DE PRUEBA DE ESTABILIDAD Y CARACTERISTICAS VARIAS EMPLEADOS EN RECEPTORES MONOCROMATICOS DE LA BANDA COMERCIAL (CANCELA A LA NMX-I-074-NYCE-2002) Y NMX-I-154-NYCE-2008 TELECOMUNICACIONES-CABLEADO-CABLEADO ESTRUCTURADO-CABLEADO GENERICO RESIDENCIAL. La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 51-A, 54, 66 fracciones III y V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como proyectos de normas mexicanas bajo la responsabilidad del organismo nacional de normalización denominado “Normalización y Certificación Electrónica, A.C. (NYCE)”, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en avenida Lomas de Sotelo número 1097, colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11200, México D.F., o consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México. Las presentes normas entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
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