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II.2.6.- De acuerdo a la naturaleza de los trabajos, el Contratista o Proveedor se obliga a ejecutar un plan de prevención de reclamos y mejores prácticas, con el fin de eliminar anomalías durante la ejecución de los trabajos, tales como tapado oportuno de pozos de tiro exploratorios y zanjas, cubriéndolos con el material que se haya extraído durante la apertura y llevando a cabo la dispersión del material excedente producto de la excavación que no sea utilizado para el tapado de la misma, a fin de evitar la formación de bordos que modifiquen la topografía e hidrodinámica de los terrenos, de tal forma que esto restituya las condiciones naturales del área de trabajo, así como la reparación de los caminos vecinales de acceso que resulten afectados por el indebido tránsito de sus equipos, para que al terminar la vigencia del contrato no quede reclamación con terceros sin finiquitar. II.2.7.- El personal del Contratista o Proveedor por ningún motivo sustraerá flora, fauna (frutos, cultivos, madera, plantas, árboles, semovientes, aves, etc.), herramientas, maquinaria y/u otros bienes propiedad de terceros, y en caso de existir inconformidad de terceros afectados por estos motivos, el Contratista o Proveedor se obliga a indemnizar los bienes sustraídos. Asimismo, deberá realizarse el finiquito total presentado al Supervisor de la obra la evidencia documental firmada de aceptación por el tercero afectado de que no existe reclamo presente ni futuro por el concepto indemnizado, relevando a PEP de estos hechos, acción que deberá ser informada al Representante de la UAAEC para asentar la atención y finiquito del reclamo mediante el formato F-07-CF (se anexa). Los documentos formarán parte integrante del expediente de contrato de obra o servicio y requisito para autorizar su finiquito. II.2.8.- El formato F-AE-01 (se anexa) deberá adjuntarse al acta de entrega-recepción de la obra o servicio, debidamente requisitado de Finiquito “AE”, por cada uno de los predios donde se hayan realizado los trabajos relativos a la actividad petrolera, requisito para autorizar el finiquito. II.3.- EQUIPO DE TRANSPORTE. II.3.1.- El Contratista o Proveedor se obliga a que las unidades de transporte a su servicio ostenten la razón social de la compañía, número económico y número telefónico en un lugar visible para reporte de quejas o sugerencias. II.3.2.- El Contratista o Proveedor se obliga a instruir a los operadores de sus equipos de transporte a utilizar únicamente los caminos autorizados por el tercero en el permiso correspondiente. Cualquier afectación por este concepto o la inobservancia del permiso será responsabilidad del Contratista o Proveedor. II.3.3.- El Contratista o Proveedor se obliga a transitar por las vías de comunicación y respetar los límites de velocidad indicados por PEP en los anexos del contrato o en los señalamientos viales de los caminos que conducen a las instalaciones de PEP, así como los establecidos en la Ley General de Vías de Comunicación, y cualquier incumplimiento o accidente originado por el Contratista o Proveedor o queja de la comunidad será responsabilidad del Contratista o Proveedor. Por otra parte, su personal tendrá que conducir con cortesía en las comunidades respetando a los transeúntes, semovientes y vehículos agrícolas, cediéndoles el paso para evitar accidentes. II.3.4.- De ocurrir una contingencia imputable al Contratista o Proveedor, éste se obliga a la reparación o indemnización del daño causado con su equipo de transporte en forma inmediata, en los términos que marque la legislación vigente aplicable, informando al Supervisor de la obra o servicio, quien notificará al Representante de la UAAEC, los términos en que se realizó el finiquito. II.4.- PROTECCIÓN AL ENTORNO DE LA COMUNIDAD II.4.1.- El Contratista o Proveedor se obliga a noutilizar áreas fuera de los límites de la instalación donde se realizan los trabajos, campamentos u otros lugares destinados a actividades, y evitará realizar actividades domésticas, tales como: fogatas, vertimiento de desechos orgánicos e inorgánicos en terrenos y cuerpos de agua para evitar riesgos a la comunidad por incendios y contaminación ambiental. II.4.2.- El contratista o Proveedor se obliga a instalar letrinas portátiles en las áreas de trabajo y hacer obligatorio su uso entre su personal, lo anterior como medida de higiene y evitar reclamos de terceros por conductas impropias, propiciando un clima de respeto a la comunidad. II.5.- CAPACITACIÓN. II.5.1.- El Contratista o Proveedor se obliga a difundir entre su personal los alcances y disposiciones de este anexo en materia de responsabilidad social y mejores prácticas operativas para una coexistencia armónica con la comunidad y presentar las evidencias correspondientes. III.- FINIQUITO DE LOS TRABAJOS III.1.- El Contratista o Proveedor se obliga a entregar el Reporte Finiquito “AE” al Supervisor de la obra o servicio, en el que describa que no existen reclamos presente o futuros por afectaciones a casas habitación, pozos artesianos o profundos, presas de abrevadero, cuerpos de agua, manantiales, piletas, flora, fauna (frutos, cultivos, madera, plantas, árboles, semovientes, aves, etc.) y demás bienes propiedad de terceros, derivados de los trabajos realizados, deslindando a PEP de cualquier responsabilidad y firmado de conformidad por el tercero y el Contratista o Proveedor. IV.- SUPERVISIÓN DEL ANEXO “AE” IV.1.- El Supervisor de la obra o servicio y el Representante de la UAAEC están facultados para corroborar en su caso el cumplimiento de lo estipulado en el presente Anexo, para lo cual, el Contratista o Proveedor se obliga a otorgar las facilidades e información que se le requiera a efecto de verificar el cumplimiento de lo contenido en este Anexo. REQUERIMIENTOS DEL ANEXO “AE” QUE DEBE CUMPLIR EL PROVEEDOR O PROVEEDOR
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